¡ES LEY!: GRACIAS A SEGURO DE VIDA LOS EMPLEADOS MEJORARÁN SUS CONDICIONES LABORALES
- Yane Zamora
- 11 feb 2020
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 13 feb 2020
Las empresas deberán contratar obligatoriamente el seguro de vida desde el primer día de trabajo a sus empleados y ya no a partir del cuarto año de contrato.

*Empresas peruanas están obligadas a cumplir con ley de seguro de vida, sino serán sancionadas.
Desde este martes 11 de febrero entró en vigencia la norma que obliga a empresas a contratar el seguro de vida de ley desde el primer día de trabajo. Con esto medida, al rededor de 300 mil empleados se verán beneficiados, ya que significa que se cubrirá el fallecimiento o invalidez total generado por un accidente laboral.
Cabe recalcar que el deber de prevención a los trabajadores se manifiesta como una de las obligaciones principales que debe tener el empleador con respecto a la seguridad y salud dentro del ámbito laboral. Sin embargo, esta también debe ser promovida por el Estado, manifestándose como autoridad administrativa y ente encargado de fiscalizar, asesorar y SANCIONAR el incumplimiento a dicho deber a través de la imposición de multas dado el caso de no cumplirse. Es así que el Estado desempeño un papel fundamental en disponer legalmente en favor de la protección del seguro a la vida, salud e integridad de los trabajadores ante los riesgos y daños a la salud que pudiesen existir mediante una póliza con que deberán contar todos los trabajadores del sector privado y públicos del Régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.
Actualmente, en nuestro país los trabajadores que se encuentran laborando más de cuatro años cuentan con el beneficio, pero para los que tienen menos tiempo de trabajo el seguro de vida aplicará de la siguiente manera:

1) Otorga beneficios por fallecimiento e invalides total y permanente: si el trabajador muere en un accidente los familiares tendrán derecho a un abono monetario que equivale a 32 remuneraciones mensuales percibidas por aquel en la fecha previa al accidente. Pero, si se lesiona de forma permanente se abonará (32 remuneraciones mensuales), directamente al él o por impedimento a su cónyuge o apoderado.
2) A partir del 1 de enero del 2021, se le otorgará el seguro de vida a los trabajadores por fallecimiento natural. Esto significa que sus los familiares tendrán acceso a un abono equivalente a 16 remuneraciones que se establecen en base al promedio de lo percibido por aquel familiar fallecido en el último trimestre previo al deceso.
3) Si el trabajador cumple cuatro 4 años de servicios antes del 1 de enero de 2021, se le otorgan los beneficios por fallecimiento natural y por fallecimiento a consecuencia de un accidente y por invalidez total y permanente, una vez cumplido dicho tiempo de servicios.
“Esta ley no debe ser interpretada ni obligada a la reducción de los beneficios de las pólizas de seguro de vida ya contratadas por el empleador”.
Seguro de vida ley : Datos que debes saber.
Si bien como ya lo hemos mencionado, esta nueva ley busca dar alivio económico temporal a los familiares de un trabajador ante su fallecimiento por muerte natural, accidente o invalidez permanente sin importar la actividad económica que realice la compañía o si el accidente o enfermedad que llevó al fallecimiento del trabajador sucede durante su jornada laboral. No se puede dejar de lado las cifras alarmantes en cuestión de accidentes laborales.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo informa que los accidentes mortales y no mortales en el trabajo han ido en aumento desde el año 2017, donde cuyo año se reportó 161 casos de fallecimiento laboral, en el 2018 de 149 y en el 2019 hubo 236. Esto representa un incremento del 58% en tan solo un año.

Otro dato importante es que los sectores con mayor cantidad de este tipo de accidentes son los siguientes: la manufactura(27%), actividades inmobiliarias (17%) y construcción (13%).
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